Una crisis de derechos humanos

La crisis climática no es solo un fenómeno ambiental: es una crisis de derechos humanos. El calentamiento global, causado principalmente por actividades humanas, está erosionando las bases materiales que permiten el ejercicio de derechos fundamentales

Justicia climática y deuda climática

La deuda climática surge en el marco de la justicia climática para describir la desigualdad histórica y presente entre los países que han generado la mayor parte de las emisiones de gases de efecto invernadero —principalmente los países industrializados del Norte Global— y aquellos que sufren con mayor crudeza sus impactos, es decir, los países del Sur Global, más vulnerables y con menos recursos para adaptarse.

Se entiende como una obligación moral, política y económica de los países enriquecidos hacia los empobrecidos.

Responsabilidades comunes pero diferenciadas: el fondo para pérdidas y daños

El principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas (CBDR, por sus siglas en inglés) es un pilar fundamental del derecho internacional ambiental y de la acción climática:

La crisis climática es un problema común de toda la humanidad, por lo que todos los Estados tienen responsabilidades compartidas en su solución.

Pero no todos tienen la misma responsabilidad histórica ni las mismas capacidades para actuar. Los países industrializados han contribuido mucho más a las emisiones acumuladas de gases de efecto invernadero desde la Revolución Industrial, y además disponen de más recursos técnicos, financieros y tecnológicos.

Por ello, se establecen obligaciones diferenciadas: a los países desarrollados se les exige mayores compromisos de reducción de emisiones y de apoyo financiero y tecnológico a los países en desarrollo; mientras que estos últimos mientras que estos últimos deben también contribuir a la acción climática, pero de acuerdo a sus capacidades y circunstancias nacionales.

El fondo para pérdidas y daños se convierte en un instrumento fundamental para combatir tanto las pérdidas económicas (destrucción de infraestructuras, tierras agrícolas, viviendas o medios de vida) como los daños no económicos (pérdida de vidas humanas, desaparición de culturas, migraciones forzadas, afectación a la salud, biodiversidad o territorios ancestrales).